Cuando queremos comunicar algo a alguien de una forma completamente fehaciente y que tenga plena trascendencia jurídica (y atención, se dice trascendencia y no validez con pleno conocimiento del uso del término, pues aunque a veces parezca que nos dicen lo contrario, validez, lo que se llama validez la tiene en realidad cualquier documento) se envía un Burofax. Así, es importante conocer algunos detalles de este producto para entenderlo adecuadamente.
El Burofax, en realidad, no es más que un producto más que la compañía de correo postal Correos comercializa, un producto que tiene la particularidad de que queda constancia de aquello enviado, y del envío, de su recepción (si pedimos acuse de recibo), y de su contenido (si lo certificamos) da fe Correos. Y es de esa capacidad de dar fe de que eso se ha enviado, a quien se ha enviado y el que se ha enviado lo que le da valor al Burofax.
En realidad, enviar un Burofax, tiene como se decía la misma validez legal que enviar por ejemplo una carta certificada o simplemente una carta, ahora bien, no tiene la misma trascendencia legal. Pues mientras en el primero de los casos nos será muy difícil, a veces incluso imposible, probar que hemos enviado esa carta, a quien se la hemos enviado y lo que le hemos enviado, en el caso del Burofax lo podremos demostrar muy fácilmente.
Para finalizar, un consejo a los menos conocedores del Burofax: si vamos a enviar un Burofax valoremos si de entrada nos conviene certificar su texto o no (el acuse de recibo siempre es recomendable de entrada, pero también se podría postergar), pues si es un asunto de poca monta, o prevemos una resolución fácil, igual no se requiere que de entrada contratemos este costoso servicio, además siempre podremos hasta seis meses después del envío, solicitar si llega el caso que lo requerimos la correspondiente certificación de texto.
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